El Alcalde convocará a la Junta de Portavoces, al menos con veinticuatro horas de antelación, por iniciativa propia o siempre que lo soliciten dos Grupos municipales o la quinta parte de los Concejales para tratar asuntos atribuidos por la Ley o por este Reglamento a la Junta de Portavoces. La https://holdensbsza.blogs-service.com/50166576/the-best-side-of-reformas-en-el-ámbito-cultural-de-zaragoza