1. Si en una causa penal se considerase necesaria la comparecencia personal ante las autoridades de una de las Partes, en calidad de testigo o para un careo, de un individuo detenido en el territorio de la otra Parte, se formulará la correspondiente solicitud. Sin un requerimiento, el cumplimiento https://pa-ses-sin-extradici-n-co16778.azzablog.com/28899828/5-tips-about-extradición-méxico-españa-you-can-use-today